Atención Preferencial en el Servicio de Tren Linea Uno

Veamos lo que dice la normativa vigente de Linea Uno con respecto a la atención preferencial: emitido el 14/08/2017

Marco normativo sobre el que se han establecido las normas para el ingreso de personas con Derecho a la Atención Preferencial
• Ley N° 28683 - Establece Atención Preferencial
• Ley N° 27337 - Código de los Niños y Adolescentes
• Ley N° 28803 - Ley de las Personas Adultas Mayores

¿Qué es el Derecho a la Atención Preferencial?
Es el derecho, establecido en las leyes del Perú, que beneficia a un grupo claramente definido de personas para ser atendidos con prioridad dentro de cualquier establecimiento que preste servicios dentro del territorio nacional.

¿Quiénes acceden al Derecho a la Atención Preferencial?
  • Las personas con discapacidad.
  • Personas que, de manera permanente, tienen problemas al caminar (cojera)
  • Personas que, de manera permanente, usan silla de ruedas
  • Personas que, de manera permanente, usan bastón o muleta(s)
  • Personas con yeso en miembro inferior, que dificulte su movilidad
  • Personas con amputación en cualquier parte del cuerpo
  • Personas que, de manera permanente, son invidentes (parcial o totalmente)
  • Personas con condiciones especiales (síndrome de Down, autismo, asperger, sordomudas)
  • Personas con enfermedades ocultas (enfermedades cardíacas, enfermedades cancerígenas, enfermedades diabéticas, o personas con tratamiento médico), solo si el cliente lo manifiesta y presenta los certificados vigentes que sustenten su condición.

Atención Preferente
  • Adultos mayores (a partir de 60 o más años de edad)
  • Mujeres embarazadas
  • Personas con bebés en brazos (niños de hasta 5 años)
  • Niñas y niños (hasta 12 años) *
  • Personas adultas pequeñas de 1 metro

(*) Considero que no debería atribuirse atención preferencial a los púberes de 11 y 12 años; pues también he tenido esas edades y viajado en buses casi toda mi vida y puedo dar fe que no representa un problema. Tanto para esperar en la cola de ingreso como viajar dentro del vehículo; considerando que los viajes del tren a diferencia de un bus, son mucho mas rápidos; y no representan un desgaste físico en el pubert. En todo caso mi sugerencia seria que promuevan una campaña de concientización para darle preferencia a niños de esa edad; pero no convertirlo en algo obligatorio. 

Consideraciones adicionales para acceder al Derecho a la Atención Preferencial dentro de LÍNEA 1

Las personas con Derecho a la Atención Preferencial recibirán asistencia de manera prioritaria en todo nuestro sistema.

Ok, correcto.

En caso se requiera validar la edad del adulto mayor o niño/niña, el personal de estación podrá solicitar la presentación del DNI.

Claramente esto no se cumple, la seguridad de las estaciones brillan por su ausencia.

Las personas que usen silla de ruedas (clásica, eléctrica, especial), así como las personas invidentes y sin acompañantes recibirán la atención directa del personal de estaciones durante su tránsito por nuestro sistema.

Ok, esto si se cumple.

Las personas que ingresen por la fila de Atención Preferencial deberán hacerlo sin acompañantes
(únicamente ingresarán con 1 acompañante los niños menores de 12 años o las personas con discapacidad que requieran asistencia para movilizarse).

Ok, esta norma es reciente y me parece acertada su creación; pues anteriormente existía un vació en la normativa, que mucha gente aprovechaba de manera indiscriminada para poder entrar "rápido" a la estación. Después de tanto esfuerzo se hizo escuchar la voz de protesta. Y el problema ha sido controlado. Imaginarse que antes podían entrar como preferencial toda una familia solo porque tenían a alguien con atención preferencial, que podía un anciano o un niño.


Conclusión, Linea Uno podrá seguir mejorando sus normas en beneficio de sus usuarios; sin embargo somos nosotros quienes decidimos si cumplir o no estas normas. Mientras existan personas carentes de valores, poco educadas, deshonestas y egoístas; jamás podremos progresar como sociedad y esto se ve reflejado en su comportamiento.  



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Autor: TABLADEÑO

Bloguero de espiritu investigador,aventurero y reflexivo; que ama su distrito y contribuye con su granito de arena para verlo progresar.
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